Arturo Vidal se querelló recientemente contra su primo Carlos Albornoz Pardo por administración desleal y celebración de contrato simulado de la sociedad Inversiones Vidal II SpA. Especialistas explicaron la acción legal realizada por el “King”.
Roberto Garrido, abogado especialista en derecho administrativo y delitos de alta complejidad, aseguró en Las Ultimas Noticias que “se trata de un delito de reciente consagración en el derecho penal chileno y que vino a suplir las lagunas que dejaba el tipo penal de la apropiación indebida”.
“De esta manera, para el caso de personas que otorgan mandatos de administración se configura el delito, cuando abusando de la confianza depositada, la persona que ejerce la administración realiza acciones u omisiones en perjuicio del patrimonio del mandante o representado, como habría ocurrido con los familiares de Arturo Vidal”, agregó el profesional.
Esta falta lo arriesga a ser sentenciado a un presidio menor hasta el grado máximo, es decir, desde tres años y un día, hasta los cinco.
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El también abogado Andrés Sepúlveda, magíster en derecho penal y profesor de derecho penal económico, señaló que “todos los delitos patrimoniales y, en particular, las defraudaciones, tienen una baja penalidad, porque no son delitos violentos y no hay un bien jurídico extremadamente valioso”.
Finalmente, su colega Sebastián Astuya, especialista en derecho penal y laboral, añadió: “El tribunal, con fecha 22 de abril, ha declarado admisible la tramitación de la querella. Eso significa que, a partir de ese momento, se remiten los antecedentes a la fiscalía, que llevará toda la investigación y deberá decidir si se formalizará al imputado o los hechos no revisten carácter de delito. En tal caso, se debiera desistir de la persecución”.