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ANFP pidió rechazar recurso de Fernández Vial y avaló a Lautaro de Buin

El organismo aseguró que la incorporación de Lautaro de Buin está en regla.

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La Asociación Nacional de Fútbol Profesional (ANFP) solicitó a la Corte de Apelaciones de Concepción que rechazara el recurso presentado por Fernández Vial, de la Segunda División, en contra del organismo rector a partir de las supuestas irregularidades administrativas cometidas por Lautaro de Buin.

En el documento al que accedió Al Aire Libre en Cooperativa, firmado por el abogado Gonzalo Cisternas, se explica que los argumentos presentados por el elenco penquista carecen de validez, por cuanto el propio club aurinegro pasó por el mismo procedimiento en 2018, cuando subió a la tercera categoría profesional.

"En su minuto, mientras el Club Lautaro de Buin competía en la misma división, no fue ningún problema para la recurrente (Fernández Vial) los hechos que esta describe en su recurso. Hoy, viendo una posibilidad de ascender que no logró deportivamente, de mala fe, tratando de confundir a y aún en contra de sus actos propios, plantea vicios inexistentes para acceder a una división superior por secretaría", explica el documento judicial.

Y ejemplifica: "El año 2018, en que el Club Deportivo Arturo Fernández Vial es incorporado a la ANFP, inició su participación en el Campeonato de Segunda División de dicho año, que comenzó el día 14 de abril del 2018, sin estar inscrito en el Registro de Organizaciones Deportivas Profesionales del IND, trámite que recién inició el día 17 de octubre de 2018, de forma tal que tampoco se encontraba registrado en la lista de sujetos fiscalizados por la CMF", reseña.

Asimismo, el representante de la ANFP explica que no hay irregularidades en el ascenso de Lautaro de Buin, por lo que tampoco se debe aceptar su desafiliación.

"No existe por parte de la ANFP, ningún acto arbitrario e ilegal al permitir que el Club participara en el Campeonato de Segunda División temporada 2020 y, por tanto, que al resultar campeón ascendiera a Primera B para la temporada 2021", se explica.

"Lautaro de Buin adquirió la calidad de Organización Deportiva Profesional por el solo hecho de depositar en la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Deportes (i) copia autorizada de la escritura pública de constitución, inscrita y publicada en los términos del artículo 5º de la ley Nº 18.046, en el caso de las sociedades anónimas deportivas profesionales; y, (ii) el certificado, también reducido a escritura pública, emitido por la ANFP, en que consta su carácter de socia de la Asociación, lo cual, sumado a su licencia de clubes vigente, le permite participar en los campeonatos organizados por la ANFP", añade.

Y cierra explicando que no basta la desafiliación de Lautaro para que el cuadro del "Almirante" logre el ascenso.

"El hecho de que el club Lautaro de Buin haya ascendido no priva en lo absoluto al club Arturo Fernández Vial de ningún derecho en concreto. Para que el Club Arturo Fernández Vial ascendiera, no basta con el Club Lautaro de Buin sea desafiliado, toda vez que negar el ascenso de un Club, conforme al penúltimo inciso del artículo 4 de los Estatutos de la ANFP, debe ser precisamente acordado por el Honorable Consejo de Presidentes", se explica.

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