Este martes, la Corte de Apelaciones de Santiago puso un freno en seco a las políticas de seguridad de Blanco y Negro, la
concesionaria que rige los destinos de Colo Colo. Y es que la justicia acogió un recurso de protección en favor de una joven de 17 años, dejando sin efecto una prohibición de ingreso a los estadios que se extendía, insólitamente, hasta el año 2035.

El tribunal calificó la medida como desproporcionada, asegurando que el club actuó sin antecedentes sólidos. Según el fallo, la sanción por un supuesto uso de fuegos artificiales en 2025 no cumplió con los estándares mínimos de justicia, privando a la hincha de su derecho a defensa.

¿Por qué la Justicia anuló el castigo de Colo Colo hasta 2035?

La resolución judicial fue una verdadera “lección” de debido proceso para la dirigencia alba. El tribunal, según reportó ADN Radio, sostuvo que el derecho de admisión “debe ser utilizada prudentemente y bajo criterios objetivos”. La Corte determinó que para aplicar una sanción de esta magnitud “se requiere de antecedentes fundados”, algo que Blanco y Negro no pudo presentar de forma contundente.

La acusación “vaga e imprecisa” contra la hincha de Colo Colo

El punto más débil de la defensa del club fue la falta de evidencia física. La Corte fue categórica al señalar que la imputación contra la estudiante era “vaga e imprecisa” y que el supuesto delito de lanzamiento de artificio “nunca fue corroborada con antecedente alguno”. Al no existir grabaciones ni pruebas directas del incidente ocurrido ante Everton, el castigo quedó sin sustento legal.

¿Qué pasará con el derecho de admisión tras este fallo?

El tribunal advirtió que la joven “nunca fue oída ni emplazada”, vulnerando su derecho básico a ser escuchada. Con esta sentencia, Blanco y Negro está obligado a informar a la ANFP, a los clubes profesionales y a PuntoTicket para eliminar el nombre de la afectada de los registros de prohibición, marcando un precedente clave sobre cómo los clubes deben aplicar estas sanciones en el futuro.

Este revés judicial empaña la semana tranquila que vivía el Monumental tras retomar el liderato de la Liga de Primera. El fallo deja en evidencia que la “mano dura” en los estadios no puede pasar por encima de la ley. Mientras los hinchas celebran el presente de Diego Ulloa y el equipo de Fernando Ortiz, en las oficinas de la concesionaria deberán replantear sus protocolos de seguridad para evitar nuevos “tirones de orejas” de la justicia.

En resumen

  • Fallo histórico: Se anula sanción de 10 años contra una estudiante de 17 años.
  • Motivo: La Corte consideró que la medida fue arbitraria y “vaga e imprecisa”.
  • Sin pruebas: Blanco y Negro no presentó evidencias del uso de fuegos artificiales.
  • Orden judicial: El nombre de la hincha debe ser borrado de PuntoTicket y registros de la ANFP.