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Nuevo código disciplinario de FIFA permite a árbitros finalizar partidos por racismo

Habrá severos castigos a equipos, jugadores o hinchadas que actúen de manera discriminatoria.

Nuevo código disciplinario de FIFA permite a árbitros finalizar partidos por racismo
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El nuevo código disciplinario de FIFA, ideado por su director Legal, Emilio García Silvero, permitirá a los árbitros suspender un partido por incidentes racistas e incluso dar por perdido el encuentro al equipo infractor, en un texto innovador, que no tenía cambios significativos desde hace 15 años, y que apela a una mayor transparencia, pues sus acuerdos serán públicos en la nueva web.

Según pudo saber la Agencia EFE, y en favor de hacer más visible el entorno disciplinario de la FIFA, algunos tipos de audiencias, las relacionadas con asuntos de dopaje y manipulación de partidos, serán públicas si las partes así lo solicitan y podrán ser seguidas incluso en streaming desde cualquier rincón del mundo.

La edición del Código de 2019, ilustrado con una imagen de Fernando Hierro en el Mundial de Corea y Japón protestando una polémica decisión del árbitro Al-Ghandour, fue elaborado con la participación de las seis Confederaciones y otros grupos de interés del fútbol internacional.

El artículo 13.2, relativo a las sanciones que conlleva el apartado dedicado a la discriminación, es el siguiente:

1. Toda persona que atente contra la dignidad o la integridad de un país, una persona o un colectivo de personas empleando palabras o acciones despectivas, discriminatorias o vejatorias (por el medio que sea) por motivos de raza, color de piel, origen étnico, nacional o social, género, discapacidad, orientación sexual, lengua, religión, posicionamiento político, poder adquisitivo, lugar de nacimiento o por cualquier otro estatus o razón será sancionada con una suspensión que durará al menos 10 partidos o un periodo determinado, o con cualquier otra medida disciplinaria adecuada.

2. Si uno o más seguidores de una federación o un club adoptan la conducta descrita en el apartado 1, podrán imponerse las siguientes medidas disciplinarias a la federación o al club responsable:

a) cuando se trate de la primera infracción, la disputa de un partido con un número limitado de espectadores y una multa de al menos 20.000 francos suizos.

b) cuando se trate de reincidencias o si las circunstancias del caso lo requieren, medidas disciplinarias como la implementación de un plan de prevención, una multa, la deducción de puntos, la disputa de uno o más partidos a puerta cerrada, la prohibición de jugar en un estadio determinado, una derrota por retirada o renuncia, la exclusión de una competición o el descenso de categoría.

3. El órgano judicial competente podrá citar a las personas que hayan sido objeto directo de la presunta conducta discriminatoria para que presten oralmente o por escrito una declaración sobre la repercusión que haya tenido el incidente en sus vidas, denominada «declaración de impacto sobre la víctima».

4. Salvo en circunstancias excepcionales, si el árbitro decreta la suspensión definitiva del partido por conducta racista y/o discriminatoria, se declarará la derrota por renuncia o retirada.

En este sentido, el árbitro antes de optar por esta suspensión habrá agotado los tres criterios reglamentarios.

a) Detener el partido (seguido de un anuncio en la megafonía del estadio con la explicación necesaria y solicitar que se detenga el incidente discriminatorio).

b) Suspender el partido al mandar a los jugadores de vuelta a los vestuarios por un periodo apropiado (seguido de un anuncio en la megafonía del estadio con la explicación necesaria y la solicitud de que se detenga el incidente discriminatorio).

c) Abandonar el partido (seguido de un anuncio en la megafonía del estadio con la explicación necesaria y la solicitud de abandonar el estadio de acuerdo con las instrucciones del personal de seguridad).